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Contra la línea de alta tensión en el termino de Níjar

CONTRA LA DESTRUCCIÓN DE UN PAISAJE PROTEGIDO Y LA PÉRDIDA DEL PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DE TODOS: NO A LA INSTALACIÓN DE TORRES DE ALTA TENSIÓN EN EL VALLE DE HUEBRO Y VERTIENTES DE SIERRA ALHAMILLA ENTRE NÍJAR Y TURRILLAS (ALMERÍA).

 

En esta página puede informarse sobre los detalles del Projecto de la línea de evacuación 132kV de los parques eólicos Loma del Perro y Tornajos





"LA Delegación Territorial informa desfavorablemente a la línea eléctrica de evacuación”.

El 7/3/19, se recibe en esta Delegación de Gobierno informe de la Delegación

Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio

Histórico en Almería, considerando la actuación propuesta DESFAVORABLE, parcialmente en

el caso de los parques eólicos y completamente en el caso de la línea de evacuación desde la

subestación “Alhamilla” a la subestación “Pipaces” según lo siguiente:

“La documentación aportada, con la ubicación de instalación propuesta y las justificaciones

contenidas, no es compatible con el planeamiento territorial vigente, al no garantizar el

cumplimiento de los artículos 72.3, 73,2 y 94.6, relativos a minimizar el impacto en el medio,

aportar un estudio de integración paisajística, compatibilizar la actuación con los valores

naturales y rurales existentes, no modificar la topografía, prohibir taludes o terraplenes de

más de dos metros de desnivel visible, así como los artículos 91.4 y 92, relativos a garantizar

la preservación ambiental y paisajística de los espacios por los que discurran las líneas

eléctricas. Por otra parte, La línea que discurre por el Paisaje de Interés Cultural Molinero-

Barranco de Huebro, clasificado como Suelo No Urbanizable de Especial Protección

Paisajística (SNU-PJ-1.3) es incompatible con la normativa de aplicación y los valores por los

cuales se protege este suelo. Por todo lo anterior, el acto propuesto contradice las

determinaciones territoriales de aplicación, a los efectos de lo dispuesto en el art. 12.2 sobre

el procedimiento de autorización.

Vistos los antecedentes, esta Delegación Territorial informa desfavorablemente...la línea

eléctrica de evacuación”.

Hasta el Día de hoy no se ha interpuesto Recurso de Alzada